DICE:
PRIMERO. –Que, con fecha 31 de marzo de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada el anuncio numero 2026014724 relativo al sometimiento a información pública del Expediente n.º: 396/2025 del Ayuntamiento de Castillejar Proyecto de instalación de una de macro Planta de Biometano y Fertilizante a instancia, de la cia mercantil “BIOMETANO DEHESA DEL REY SL.”.
SEGUNDO. - Que, dentro de legal plazo y forma, y en el ejercicio del derecho de participación ciudadana reconocido en la normativa de procedimiento administrativo y medioambiental, dentro del plazo
establecido, formula las siguientes:
ALEGACIONES:
1ª.- A los efectos de formular las presentes alegaciones, me adhiero y hago mío el contenido íntegro del informe de Francisco Fernández Triguero Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, colegiado N.º 26635 en funciones de Técnico de Medioambiente del Ayuntamiento de Castillejar, de fecha 21/01/2026, obrante en el Expediente n.º: 396/2025, que en aras a la brevedad doy aquí por reproducido.
2ª.- A los efectos de formular las presentes alegaciones, me adhiero y hago mío el contenido íntegro de las alegaciones que dentro de legal plazo y forma ha presentado la Asociación CASTILLÉJAR SE MUEVE, con CIF G25924242 relativa al expediente n.º: 396/2025 del Ayuntamiento de Castillejar (Granada), en el presente trámite de información pública, que en aras a la brevedad doy aquí por reproducido.Por todo ello,
SOLICITA:
Que tenga por presentado este escrito, lo admita, y en mérito a su contenido, se acuerde se incorporen las presentes alegaciones al expediente N.º: 396/2025.
Y en consecuencia Se propone al Pleno del Ayuntamiento de Castillejar la adopción de los siguientes
ACUERDOS:
PRIMERO.- Denegar la declaración de utilidad pública e interés social del Proyecto de Actuación la actuación “planta de valorización de residuos orgánicos para la producción de biometano y biofertilizante, en unos terrenos de naturaleza rústica en el paraje de Santa Catalina, situados en el POLÍGONO 6 PARCELA 16 del término municipal de Castilléjar (Granada) solicitado por la cia mercantil “BIOMETANO DEHESA DEL REY SL.” por no acreditarse un beneficio contrastado para la colectividad que justifique su implantación en suelo rústico.
SEGUNDO. - Denegar el Proyecto de Actuación, al no concurrir los presupuestos jurídicos exigidos para la autorización de una actuación extraordinaria en suelo rústico.
TERCERO. - Publicar el acuerdo que se adopte en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal, a los efectos oportunos.”
OTROSÍS DIGO:
PRIMERO. - Que se tenga a esta parte por interesada en el presente procedimiento, así como en cualesquiera proyectos, modificaciones o infraestructuras asociadas al mismo, a los efectos de cuantas resoluciones se dicten, conforme a lo previsto en la normativa administrativa vigente.
SEGUNDO.- Que, ejercitando el derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente reconocido en la Ley 27/2006, de 18 de julio, así como el derecho de acceso a la información pública previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y, asimismo, el derecho de acceso al expediente derivado de la condición de interesado conforme al artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se solicita copia íntegra del expediente administrativo, así como de todos los documentos, informes, estudios técnicos, alegaciones, resoluciones y cualesquiera otros documentos que lo integren, incluyendo los que se incorporen con posterioridad a la presentación de estas alegaciones, interesándose que dicha información sea facilitada en formato electrónico o mediante acceso digital al expediente, a fin de garantizar el ejercicio efectivo de este derecho.
TERCERO. - Que, al amparo del artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se solicita expresamente que cualquier nueva documentación relevante aportada por el promotor o por otras Administraciones y que resulte determinante para la resolución del procedimiento sea puesta en conocimiento de esta parte antes de que se dicte propuesta de resolución, a fin de garantizar el derecho de acceso al expediente y evitar
situaciones de indefensión material.
CUARTO. - Que esta parte se reserva expresamente el derecho a ampliar, mejorar o complementar las presentes alegaciones en función de la documentación que se incorpore al expediente, conforme a lo previsto
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
QUINTO. - AUTORIZO a D. ANTONIO MANUEL MARTINEZ GARCIA, mayor de edad, provisto del DNI Nº 52527822-P en su condición de Presidente de la Asociación CASTILLÉJAR SE MUEVE, con CIF G25924242, a presentar en mi nombre en el registro correspondiente la presente alegación, relativa al expediente n.º: 396/2025 del Ayuntamiento de Castillejar( Granada ) , así mismo, manifiesto que la presente autorización se otorga única y exclusivamente a efectos de registro de la alegación, y que los datos personales facilitados no podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta, conforme a la normativa vigente en materia de
protección de datos.
Todo ello por ser así de hacer en Justicia que respetuosamente pido en